Sorpresa en el “caso Samuel Luiz”; absuelto uno de los condenados a 10 años como cómplice

Crimen homófobo en A Coruña

El Superior de Justicia de Galicia falla que la participación de Mínguez en la mortal paliza no esta probada

A CORUÑA, 24/11/2024.- Foto tomada a la pantalla de circuito cerrado de la Audiencia Provincial de A Coruña de Kaio Amaral (i), Diego Montaña (2i), Alejandro Freire

Foto tomada tomada a la pantalla de circuito cerrado de la Audiencia Provincial de A Coruña de Kaio Amaral, Diego Montaña, Alejandro Freire “Yumba” y Alejandro Míguez. El último ha sido ahora absuelto

Cabalar / EFE

Sorpresa en la respuesta al recurso presentado  ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia en el “caso Samuel Luiz”. Ese alto tribunal ha absuelto a uno de los condenados, Alejandro Mínguez, al que la Audiencia de A Coruña había impuesto una pena de 10 años como cómplice de ese brutal asesinato con tintes homófobos. Alega el primer tribunal que no hay pruebas de que tuviera una participación directa en el crimen.

El Tribunal Superior de Justicia de Galicia confirma, por otro lado, la penas impuestas al resto de acusados: Diego Montaña (24 años), Alejandro Freire 'Yumba' (20 años) y Kaio Amaral Silva (20 años y seis meses).

Con la absolución de Alejandro Mínguez el número de condenados adultos se reduce a tres -aquí hay que sumar los dos menores sentenciados también por este caso y que ya han cumplido sus condenas- después de que la Audiencia de A Coruña absolviera ya a Catherine 'Katy' Silva, amiga de los condenados, en el primer juicio.

Los magistrados afea al tribunal popular que no tuviera en cuenta a un testigo que ya exculpó en el primer juicio a Mínguez

La sentencia del Superior de Justicia de Galicia recoge que “la condena de Alejandro Mínguez carece de base probatoria, pues “no consta acreditado que participase en la agresión”.

 Esa sala recalca que el condenado, ahora absuelto, tiene razón cuando en su recurso hace constar que “ningún testigo presencial ha afirmado que lo viese golpear, encararse con la víctima, impedir que se le ayudase, ni dificultar su huida”.

People attend a demonstration under the motto 'Ante el odio y la violencia, no muestres indiferencia' (lit. In the face of hatred and violence, do not show indifference) to protest for the murdered of Samuel Luiz, a 24-year-old young man who was beaten to death during an alleged homophobic attac?k, in La Coruna, Galicia, northwest Spain, 11 July 2021. EFE/ Cabalar

El brutal crimen en manada de Samuel Luiz propició decenas de protestas. 

Cabalar / EFE

El fallo destaca, además, que sí hay un testigo que señaló que Mínguez “se desvinculó” del grupo agresor y cruzó la calzada para apartarse del lugar. Critica el fallo que los del jurado popular no tuvieran en cuenta ese testimonio.

Todos estos elementos, consideran los magistrados, obligan a aplicar en este caso la presunción de inocencia, “al carecer la condena de base razonable”.

El relato de los hechos sigue siendo el mismo: a Samuel Luiz lo mataron en plena calle por ser homosexual

Lo que no cambia el Tribunal Superior de Justicia es el relato de hechos recogido por la sentencia de la Audiencia de A Coruña. Recuerda que fue Diego Montaña el que inició la agresión “al ver a la víctima con un teléfono móvil y creer que les estaba grabando”. 

Fue en ese momento cuando, “por las palabras, gestos, forma de vestir, tono de voz y apariencia física de la víctima, interpretó que era homosexual”. Y eso “desencadenó la reacción totalmente agresiva de Montaña contra Samuel Luiz por su animadversión hacia la condición sexual homosexual que le atribuyó”.

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Samuel Luiz tenía 24 años y trabajaba como enfermero. Fue golpeado hasta la muerte con gritos de “maricón”. 

Brais Lorenzo / EFE

A esa bronca se sumaron, recoge esta sentencia, los otros dos acusados adultos (Freire y Amaral) cuyas condenas han sido confirmadas. En el caso de Amaral, dicen los jueces, impidió a Samuel Luiz escapar de esa mortal trampa, además de dificultar cualquier tipo de ayuda o defensa eficaz que pudieran prestarle terceras personas”. Igual comportamiento se achaca a Freire.

Hubo claro ánimo de matar y alevosía, pues a Samuel Luiz no se le dio opción de defensa

El Superior de Justicia de Galicia no tiene ninguna duda -en contra de lo que ocurre con Mínguez- de que Montaña, Freire y Amaral sí participaron activamente en la brutal agresión, “propinando golpes e impidiendo la defensa y huida de Samuel”. No abandonaron a “su presa” hasta que esta cayó al suelo, inconsciente. “Entonces se dispersaron por diversas calles”, reza el fallo.

Los magistrados recalcan, asimismo, que “la brutalidad de la paliza está bien acreditada, no solo por el visionado de los vídeos de la zona, sino también por las testificales, que señalan que fue una salvajada, un ataque de una gran gravedad, una suerte de linchamiento de todos contra uno”.

Y estiman los jueces que la “voluntad de matar no ofrece duda en este caso por la existencia de, al menos, un dolo eventual; esto es, el que asume el riesgo de que, con el tipo de agresión, se puede producir la muerte”. 

También queda corroborada la alevosía, “pues  los informes forenses “no encuentran ningún vestigio de defensa en el cuerpo de la víctima, algo acreditado también por el resto de las pruebas”. Los jueces rechazan la aplicación de las atenuantes de alteración psíquica y de intoxicación, que el jurado no entendió acreditadas en este caso. 

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